SAT: ¿Eras RIF y te pasaron a RESICO? Esto puedes hacer para cambiarte
El SAT informó a los contribuyentes inscritos al RIF que si querían permanecer en este debían notificarlo antes del 31 de enero

Si eres de las personas que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te migró al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), entonces esta nota te interesa, pues te diremos cómo y qué puedes hacer para cambiarte.
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Como parte de la Reforma Fiscal 2022, el SAT implementó el nuevo RESICO para sustituir al RIF a partir de este 2022. Con esto, el gobierno busca disminuir la carga administrativa a través de la utilización de la información recabada de las facturas electrónicas (CFDIs), así como una automatización de los cálculos a declarar.
Sin embargo, no todos los contribuyentes son elegibles para migrar al RESICO. En el caso de las personas morales será obligatorio, salvo ciertas excepciones, pero para quienes es opcional, puede que a varios no les convenga, por lo que han surgido las dudas de cómo puedes salir de este nuevo régimen y cambiarte a otro.
Cómo cambiar a un régimen distinto al RESICO
De acuerdo con el SAT, para salir del RESICO y tributar en el régimen que corresponda, lo primero que debes hacer es presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), a través del portal de internet del Servicio de Administración Tributaria.
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Para ello, deberán seguir los pasos indicados en la ficha de trámite 71/CFF Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones y después ingresar a la página del SAT dependiendo del tipo de persona que seas, ya sea física o moral. Aquí te dejamos los enlaces para cada uno.
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Persona física: Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones como persona física
Persona moral: Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa
Después sigue los pasos establecidos y completa el cuestionario. Al final solo debes asegurarte que el Régimen Simplificado de Confianza tiene el estatus “Baja”.
¿Y qué pasa si quiero quedarme en el RIF?
El pasado domingo 23 de enero, el SAT informó a los contribuyentes inscritos al RIF, que si querían permanecer en este, debían notificarlo antes del 31 de enero.
El plazo ha vencido y quienes no dieron aviso a la autoridad fiscal a partir del primero de febrero se les asignará el régimen de acuerdo con las disposiciones aplicables.
Cabe resaltar que si te cambiaron al RESICO podrás seguir aplicando los acreditamientos, deducciones y solicitar en devolución los saldos a favor que tuvieran pendientes a más tardar en la declaración anual del ejercicio fiscal 2022.
Para obtener más información, los contribuyentes pueden ingresar al minisitio del RESICO, en el apartado Personas Físicas y Régimen de Incorporación Fiscal.
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bnaj
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