EAD 2025: ¿Qué migrantes están exentos de tramitar un permiso de trabajo en EEUU?
Conoce a qué categoría perteneces y si debes o no comenzar a tramitar el documento

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos dio a conocer quiénes son todos esos migrantes que no necesitan tramitar un permiso de trabajo para poder laborar en el país norteamericano. La mayoría de extranjeros necesita de un Documento de Autorización de Empleo para poder ejercer en el país.
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De acuerdo con lo establecido por el servicio en su página web, los residentes permanentes legales no tienen la obligación de tramitar un permiso de trabajo oficial para poder laborar en los Estados Unidos. Esto se debe a que su residencia permanente es documento suficiente para poder trabajar sin problema en el país norteamericano.
Esto también incluye a los extranjeros con estatus de no inmigrante que ya tienen permiso con algún empleador en específico, esto de acuerdo a los términos de su categoría de visa; estas excepciones no solo te ahorrarán tiempo, sino dinero, pues los extranjeros estarán evitando un trámite adicional con un costo actual varía entre 470 y 520 dólares.
Dentro de las personas excentas se encuentran: Titulares de visas H-1B, L-1B, O (individuos con habilidades extraordinarias), y P (para artistas y deportistas). Contrario a ellos, hay muchas más personas que no podrán contar un una excención y deberás portar consigo un permiso de trabajo para poder laborar sin inconveniente alguno.
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos señala que asilados, refugiados o beneficiarios de la visa U, solicitantes con un Formulario I-485 en trámite, correspondiente a la Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, personas con un Formulario I-589 pendiente, y titulares de un estatus de no inmigrante que permite su permanencia en el país, sí deberán realizar el trámite correspondiente.
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Este trámite requiere la presentación del Formulario I-765, además del pago correspondiente que cada cateogría puede tener. La solicitud general tiene un valor de 520 dólares en formato impreso y 470 en formato digital; la solicitud asociada a un ajuste de estatus en trámite tiene un precio de 260 dólares, independientemente de su presentación; por último está aquella para solicitantes de asilo bajo procedimientos especiales y beneficiarios del Estatus de Protección Temporal, cuyo precio se encuentra en 520 dólares impreso y 470 en digital.
Es importante recalcar que se necesita contar sí o sí con algún tipo de permiso para poder laborar de manera legal en los Estados Unidos, así que infórmate sobre tu caso particular y comienza a trabajar en él.
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