Jueves 25 de Abril 2024
PRISIÓN PREVENTIVA

¿Termina la prisión preventiva en México? Argumentos a favor y en contra de la iniciativa

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En México, continúa el debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre dos proyectos de ley que piden eliminar la prisión preventiva oficiosa, una figura jurídica que permite que delitos no violentos como el robo en viviendas o de combustible, sean motivo de cárcel automática, donde no hay posibilidad de fianza ni arresto domiciliario. 

Esta controvertida figura se ha convertido en el centro del debate jurídico mientras que el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador se ha opuesto a su desaparición, pues pide mantener este tipo de prisión para garantizar la seguridad en el país.

Por otro lado, algunos magistrados de la Suprema Corte sostienen que esta medida viola los tratados internacionales que fundamentan que la prisión preventiva debe utilizarse sólo en casos “excepcionales” para evitar que los sospechosos huyan de la justicia.

Uno de los principales problemas que organizaciones de derechos humanos han denunciado desde su implementación, es que si bien los criminales que cometen asesinatos o delitos graves rara vez obtienen libertad fianza, la lista de delitos que ameritan detener al sospechos de un delito ha aumentado a 16, (entre ellos, abuso de autoridad, corrupción y delitos electorales) lo que a su vez ha aumentado el número de personas en espera de juicio que abarrotan las cárceles. 

Según datos de la agencia AP, en México sólo dos de cada 10 personas acusadas de un delito son declaradas culpables, lo que significa que de los 92 mil sospechosos que se calcula están ahora en las celdas a la espera de un juicio, 75 mil pasarán años encerrados en las hacinadas y peligrosas prisiones del país, con pocas probabilidades de tener una sentencia. 

Algunos de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa en México son: delincuencia organizada, homicidio doloso, abuso o violencia sexual contra menores, violación, secuestro, feminicidio, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, entre otros. 

Al respecto, la UNAM presentó en la edición de este lunes en su gaceta la lista de los 10 argumentos a favor y en contra de aplicar la prisión preventiva oficiosa, de acuerdo con especialistas de la institución. 

Argumentos A FAVOR:  

1. La prisión preventiva oficiosa es una figura legal que está contemplada en la Constitución y se aplica a delitos particularmente lesivos para la sociedad, como el homicidio doloso, el feminicidio o la desaparición forzada.

2. Es una medida cautelar que debe prevalecer para evitar que los presuntos responsables de delitos graves evadan la acción de la justicia.

3. Su eliminación reforzaría la tesis de la “puerta giratoria” en donde las personas que presuntamente cometen un delito, pueden salir de prisión prácticamente después de la audiencia inicial.

4. Al quedar en libertad, los presuntos delincuentes pueden tomar represalias por su detención, atentar contra la integridad de las víctimas o atentar contra los testigos.

5. Impactaría directamente en el trabajo y las resoluciones de los jueces, pues quedarían expuestos a amenazas y venganzas del crimen organizado o de los delincuentes con alto poder económico o político.

6. Aumenta la impunidad se alienta a que se sigan cometiendo delitos y dirigiendo actividades criminales que afectan la sociedad.

7. Es necesario que prevalezca para determinados delitos para asegurar con ello que los presuntos criminales a quienes se les detiene por delincuencia organizada, delitos graves del orden común o delitos de cuello blanco, no se sustraigan de la acción de la justicia durante el proceso penal.

8. Su desaparición estaría terminando con toda la estrategia de seguridad del país.

9. Su eventual desaparición pone en peligro a las víctimas al liberar a los agresores o imputados de delitos graves como secuestro, delincuencia organizada, homicidio narcotráfico.

10. Si se elimina, aumenta el riesgo de que se cometan más injusticias ante la falta de capacitación y correcta aplicación de la justicia de Fiscalías y Ministerios Públicos.

Argumentos EN CONTRA: 

1. Es inconvencional al ser claramente violatoria de los tratados internacionales sobre derechos humanos de los cuales el Estado mexicano es parte.

2. Se trata de una sanción anticipada contra personas que aún no han tenido un juicio y por lo tanto aún no se determina que sean culpables.

3. Se castiga con cárcel a personas que legalmente son inocentes.

4. Es una medida desproporcionada que violenta la presunción de inocencia.

5. Afecta a los más pobres que no pueden acceder a una buena defensa.

6. Es la medida cautelar más grave porque sin ser culpable priva de la libertad a una persona.

7. Es contraria a lo que establece el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio que reconoce la presunción de inocencia como un derecho humano y privilegia el derecho a la libertad de las personas que incurren en un delito.

8. Contraviene los principios constitucionales como la presunción de inocencia y el principio de proporcionalidad.

9. Facilitan el trabajo de los ministerios públicos que en automático envían a prisión a una persona que es acusada de cometer algún delito grave, y con ello evitan realizar investigaciones exhaustivas para que los procesos sean ágiles y efectivos.

10. La prisión preventiva oficiosa no es justicia y sólo debe aplicarse en casos excepcionales.

bnaj