La Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicaron un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación en el que se declara el inicio de emergencia por sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el 2022 en México.
De esta forma, la Conagua asume sus facultades para garantizar el abastecimiento de agua para usos doméstico y público urbano en situaciones de emergencia, escasez extrema o sobreexplotación.
Te podría interesar
De acuerdo con el más reciente reporte del monitor de sequía en el país, publicado el 4 de julio, hay una sequía excepcional en varias partes de Sonora, Chihuahua, Coahuila, Baja California y Baja California Sur. No obstante, este escenario también sucede de forma moderada, severa y excepcional en otros estados del norte, bajío y centro del país.
En la declaratoria de emergencia por sequía, "Acuerdo de carácter general de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022", se detalla que la declaratoria de emergencia se debió a que a la fecha se ha determinado en diversas cuencas del país se presenta sequía, por lo que se implementarán diversas estrategias.
"La Comisión Nacional del Agua determina que una o varias cuencas hidrológicas se encuentran ante la presencia de una situación natural anormal que se manifiesta como una sequía severa, extrema o excepcional, así como la extensión territorial de afectación y las medidas para enfrentar este fenómeno", detalla la publicación en el DOF .
A decir de la Conagua, los municipios en México con algún tipo de sequía, desde moderada a excepcional, son 187.
- Baja California - 5
- Baja California Sur - 3
- Campeche - 1
- Coahuila - 18
- Chiapas - 11
- Chihuahua - 15
- Durango - 9
- Hidalgo - 2
- Nuevo León - 4
- Oaxaca - 58
- Puebla - 2
- Quintana Roo - 1
- San Luis Potosí - 14
- Sinaloa - 8
- Sonora - 16
- Tamaulipas - 7
- Veracruz - 13
Acciones de Conagua
Como parte de las acciones de mitigación de los efectos de la sequía, las autoridades establecieron que los titulares de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, principalmente de los usos industrial y agrícola y cuando haya baja disponibilidad en las fuentes de abastecimiento de agua potable, podrán:
1. Dar aviso a la Autoridad del Agua, para proporcionar a terceros en forma provisional el uso total o parcial de las aguas concesionadas.
2. Ceder o transmitir temporalmente a la Autoridad del Agua, sus derechos y solicitar la interrupción de la caducidad de los volúmenes concesionados que no utilicen, en tanto subsiste la emergencia.
3. Conagua apoyará a organismos operadores encargados de los sistemas de agua potable municipales, mediante el bombeo de agua de diferentes presas, la cual se conduce a los sistemas de distribución que la hacen llegar a las localidades.