Viernes 26 de Abril 2024
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Buzón tributario del SAT: venció plazo para actualizarlo; ¿de cuánto puede ser la MULTA?

Todos los contribuyentes deben cumplir con la disposición de tener habilitado el buzón tributario, la fecha límite fue el 30 de junio

Créditos: altonivel.com.mx
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Todos los contribuyentes deben cumplir con la disposición de tener habilitado el buzón tributario, actualizarlo y proporcionar una dirección de correo electrónico y número celular, la fecha límite fue el 30 de junio.

El Buzón Tributario es la vía por la que el SAT busca tener comunicación constante con los contribuyentes para notificarles todo lo relacionado con sus obligaciones fiscales. 

Quienes deben habilitarlo o actualizarlo son las personas físicas que, hasta el 31 de diciembre de 2021, tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migraron al Régimen Simplificado de Confianza, y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su Buzón Tributario. O bien, quienes señalaron un sólo medio de contacto. 

Debes tener dos medios de comunicación 

Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrados y actualizados dos mecanismos de comunicación:  

  • Correo electrónico (pueden ser hasta cinco) 
  • Un número de teléfono celular

En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, debes hacerlo a la brevedad.

¿Qué necesito para activarlo?  

Contraseña o e.firma, informó el SAT. 

  • Ingresa a la página oficial del SAT y busca en la parte superior derecha del banner principal el recuadro verde "Buzón Tributario" y da clic.
  • Encontrarás una pestaña de configuración, la cual puedes identificar como una silueta de usuario, tendrás que dar clic,
  • Al ingresar verás un formulario, mismo que debes llenar con  tus datos actualizados. Luego de verificarlos, deberás dar clic en aceptar en continuar. 
  • Finalmente, el sistema te preguntará si deseas continuar con el registro de medios de contacto, deberás dar clic en aceptar y te notificará cuando queden registrados.

Si no cuentas con la e.firma para hacer el trámite en línea, debes agendar una cita para poder obtenerla. 

¿Hay sanciones si no lo activo?

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, se considera como infracción “el no habilitar el Buzón Tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto”, conforme lo previsto en el artículo 17-K.

Por lo anterior, y según el artículo 68-D, la multa podría ser de 3 mil 420 a 10 mil 260 pesos.