Pensión IMSS por Invalidez: ¿Quiénes pueden solicitarla y cómo deben hacerlo? Te guiamos PASO A PASO

El IMSS pide una serie de requisitos para poder solicitarla

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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pide una serie de requisitos que es necesario cumplir para solicitar una Pensión por Invalidez. Entre ellas, un número determinado de semanas cotizadas en dicha dependencia.

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¿Quiénes pueden solicitarla?

Si una persona requiere tramitar la Pensión por Invalidez debe tomar en cuenta varios puntos. El primero de ellos, conocer bajo qué régimen se encuentra.

Para las personas dentro de la Ley del Seguro Social de 1973:

  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 150 semanas de cotización
  • Encontrarse dentro del periodo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja

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Para las personas dentro de la Ley del Seguro Social de 1997:

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  • Si solo cotizó después del 1 de julio de 1997, como mínimo, 250 semanas de cotización, o bien, si el dictamen médico determina una valuación de 75% o más, sólo se requerirá que tenga acreditadas 150 semanas de cotización
  • Si cotizó antes del 1 de julio de 1997, tener cotizadas, como mínimo, 150 semanas
  • Estar dentro del periodo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja

¿Cuándo se otorga la Pensión por Invalidez?

La prestación se brinda cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo, un salario superior al 50% del recibido por el último año de trabajo, siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.

¿Qué debo hacer si cumplo con los requisitos?

Si cumples los requisitos, debes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) con los siguientes documentos en original y copia:

  • Identificación oficial
  • Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavit o una Afore, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado
  • Comprobante de domicilio, con fecha de expedición que no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la solicitud
  • CURP
  • Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la Afore
  • RFC con homoclave a 13 posiciones

Además, debes llevar el documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión.

ABC

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